LA LAMENTABLE.ORG 14 Noviembre 2014
Por si no lo sabian ojito con su Smart TV. Al parecer los últimos modelos, que incorporan cámara para videoconferencia, pueden grabar el sonido ambiente e imágenes -incluido reconocimiento facial- y almacenarlo en la nube a disposición de terceros…sin autorización del usuario!. Así lo ha constatado un abogado de Estados Unidos al leer con detalle el manual de instrucciones de su nuevo televisor, en el que en letra diminuta perdida en el texto se le advertía de esta posibilidad en descargo de responsabilidades del fabricante. En otras palabras: su TV deviene un espía que chafardea todo lo que sucede en su salón. Adiós a la intimidad: si no quiere que algo se sepa, ni lo piense!
El uso de la tecnología, desde la perspectiva de su regulación, implica voluntariedad, capacidad (aprendida o innata como en los nativos digitales nacidos con un ordenador dentro del biberón), y conciencia de las consecuencias del uso mismo. No son tres factores que suelan estar presentes al unísono, y la falta de alguno de ellos genera situaciones diatintas con efectos regulatorios distintos y desatinos diversos cómo el uso compulsivo o la violación de derechos fundamentales.
Un uso voluntario (querido, deseado, perseguido) de una tecnología sin mediar capacidad ni conciencia de lo actuado deviene mera tecnodependencia y/o afectación psicológica de la conducta con el consiguiente trastorno (no sólo en adolescentes). Un uso involuntario, capaz o incapaz, aunque consciente, de la tecnología sería por ejemplo el caso de la explotación de datos personales que requieren autorización del afectado en razón precisamente de la conciencia del mismo y en función del mayor o menor grado de anonimato de los datos mismos. Es el caso de los metadatos de los teléfonos inteligentes o del big data de datos médicos.
La guinda es ya el uso involuntario, incapaz y absolutamente inconsciente de la tecnología: al no mediar ni siquiera conciencia de su uso no basta ni siquiera con la autorización. Cómo podemos autorizar algo de lo que ni siquiera somos conscientes?. El usuario se halla en absoluta indefensión, siendo insuficiente incluso cualquier acuerdo o transacción al respecto, precisamente por la asimetría informativa generada: yo usuario no sé nada, el operador tecnólogo dispone de toda la información sobre las condiciones de uso. En este escenario es precisa la actuación de los poderes públicos para reequilibrar las condiciones del mercado y favorecer la simetría informativa sobre las condiciones de uso de la tecnología. Esto afecta al ejemplo de las Smart TV, pero también a las condiciones de uso de infinidad de apps, de dispositivos móviles, teléfonos, ordenadores y demás cacharrería. Los poderes públicos deben hacer uso de su poder regulatorio en defensa de los derechos fundamentales de los ciudadanos. No vaya a ser que lo que usted dice o hace en el salón de su casa sea captado por su Smart TV y puesto en la nube a disposición de terceros sin que usted lo quiera (involuntariedad), no sepa como evitarlo (incapacidad), o ni siquiera sea consciente de ello (inconsciencia).
Ramon J. Moles
Profesor universitario